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Un juez deniega por primera vez un cambio de sexo en España

Un juez deniega por primera vez un cambio de sexo en España

El juez Matías Martínez considera en sus autos que los implicados estaban cometiendo un fraude de ley.

Matías Martínez, del Juzgado de Primera Instancia Nº5 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), es el primer juez que ha denegado un cambio de sexo en España bajo la nueva «Ley Trans». Lo hizo a través de dos autos con fecha de 17 de julio tras detectar que las personas que querían llevar a cabo este proceso estaban cometiendo un fraude de ley.

Además, el pasado 18 de septiembre el magistrado rechazó el cambio de sexo a un sargento del Ejército del Aire que buscaba beneficios laborales para promocionar a subteniente por la vía de mujer. 

En una entrevista, Martínez repasa las características de esta ley, cómo detectan un fraude y la falta de criterios a la hora de tomar una decisión.

Para el magistrado, la nueva «Ley Trans» (Ley 4/2023, de 28 de febrero) era necesaria, ya que la anterior, la de 2007, requería para el cambio de sexo, tanto el diagnóstico de disforia de género como haber pasado dos años en tratamiento hormonal.

«Son personas que casi desde que nacen no se sienten conformes con el sexo mencionado en su DNI, en su inscripción de nacimiento.

Es revelador que con menos de 12 años no se puede cambiar el sexo de un niño, pero sí se puede modificar el nombre para que se ajuste al sexo que siente de manera incontestable. 

Ya uno se da cuenta de que el sentimiento de sexo que no se corresponde es casi desde que empiezan a andar, Entonces si esa persona quiere hacer cambio de sexo más adelante, tiene que ser libre para elegir si se somete a un tratamiento hormonal, o no. El tratamiento no debe condicionar a la persona.»

La nueva ley lo que hace es establecer un procedimiento donde simplemente la persona acude al Registro Civil, formula la solicitud y se celebran dos comparecencias en la que manifiesta que no se siente conforme con el sexo mencionado en su partida de nacimiento y se procede a resolver por el juez encargado de Registro Civil. 

Para el magistrado, el problema es que «no queda claro en qué casos y en que supuestos procede autorizar o denegar el cambio de sexo.»

Lo que sí está claro es que el fraude de ley o el abuso hay que impedirlo. Y no porque lo haya dicho la Dirección General en su Instrucción de mayo, sino porque a toda ley se le aplica los límites del poder y el abuso de derecho. 

«Es preciso que los jueces de registro civil tengamos una serie de criterios a seguir. Sería ideal, para dar más seguridad jurídica, que la Dirección General dictase una instrucción para ver a qué debemos acogernos, como ocurre con los matrimonios de conveniencia.»

¿A qué consecuencias se pueden enfrentar aquellos casos en los que un cambio de sexo haya sido fraudulento?

«La ley no regula nada. No se prevé ningún tipo de consecuencia ante los fraudes. Otra cosa muy grave es que, ante la denegación, la persona solicitante, la persona fraudulenta, puede ir a otro registro civil a solicitar el cambio.«

¿Y cómo son capaces de detectarlo?

«Los jueces que denegamos, intentamos saber si esa persona es trans o no a través de la comparecencia y el interrogatorio. Les hacemos las preguntas que consideramos convenientes, siempre respetando la dignidad de la persona.»

Aunque en este caso, ellos mismos se delataron: «Uno me dijo que quería ser mujer para tener derechos y no sólo obligaciones como hombre, y otro me dijo que le beneficiaba en el empleo público», relata el juez Matías Martínez.

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